Art. 39.3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.


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Art. 39.3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.


Juan Carlos I

El Juan Carlos. Firmó la Constitución Española de 1978. Ahora está de vacaciones por ahí, se cansó de España.