Art. 131.2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las putas Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.
Art. 131.2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las putas Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.
