a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. – Constitución Española 1978


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Juan Carlos I

El Juan Carlos. Firmó la Constitución Española de 1978. Ahora está de vacaciones por ahí, se cansó de España.