Algunos medios de comunicación afines a la derecha han dejado caer que Pedro Sánchez está preparando una denominada “ley de alivio penal” en la cual se incluiría la amnistía para los encausados en el “procés” y la oferta de celebrar “una consulta no vinculante”.
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Según uno de esos medios “la ley del alivio penal se trata de un eufemismo para enmascarar la amnistía a Puidgemont, que sigue prófugo de la justicia española, y la de un número indeterminado de condenados y procesados por los graves sucesos de septiembre y octubre del 2017 en Cataluña. La norma dará al Ejecutivo facultades discrecionales similares a la prerrogativa del indulto”.
En otro momento de la información se dice que “el PSOE ofrecerá un referéndum no vinculante a Cataluña. Pero fuentes conocedoras de la negociación creen que el independentismo pedirá más concreción sobre la fecha y la pregunta. No está claro cómo y en qué momento de la legislatura se convocará dicha consulta”.
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La información es totalmente falsa, desmentida por Moncloa. En primer lugar, porque nadie ni en el Gobierno ni en Ferraz está preparando esa “ley de alivio penal” para enmascarar una amnistía, y menos se va a ofrecer una consulta no vinculante porque ese tipo de iniciativas, tal y como la plantean los independentistas catalanes, están prohibidas en la Constitución.
Decir que el gobierno está preparando una ley para otorgar a su presidente facultades excepcionales similares a las del indulto cae por su propio peso. No sólo sería declarada inconstitucional, sino que ni siquiera traspasaría los muros de la plaza de la Villa de París, sede del Tribunal Supremo, por la ilegalidad de una medida semejante.
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No se están buscando subterfugios para disimular una medida como es la amnistía. Y si se lleva a cabo será como ley de amnistía para los encausados en los sucesos de septiembre y octubre de 2017. Nada más. Lo único que se está discutiendo, en estos momentos, es la conveniencia de sacar adelante la norma antes de la investidura de Pedro Sánchez, o con posterioridad.
Antes debería hacerse mediante la fórmula de la proposición de ley de los grupos parlamentarios y ello exige una negociación multilateral en la que deberían participar no sólo Junts y ERC sino también Sumar, PNV, BNG, Bildu y Coalición Canaria si es que su diputada decide apoyar a los socialistas. Y un proceso de semejante envergadura contaría con muchos matices según sean las posturas de cada uno de los grupos, unos de su padre y otros de su madre. Y, una vez aprobado en el Congreso, habría que remitirlo al Senado donde el Partido Popular puede, si no bloquearlo porque la cámara alta no tiene atribuciones para ello, sí dilatar su trámite.
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La otra opción, un proyecto de ley del Consejo de Ministros es, hoy por hoy, imposible porque el Gobierno está en funciones y no puede tomar iniciativas de este tipo. Sólo una vez sea investido Sánchez, se podrá llevar a cabo, pero con algún inconveniente. Y es que debe ser sometido a los dictámenes del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial que no tienen plazos para elaborar el informe y no podría cumplirse con la exigencia de Puigdemont de que la amnistía se promulgue inmediatamente.
En cuanto a la llamada “consulta no vinculante”, habrá que recordar a los que están lanzando ese bulo que Pedro Sánchez se ha mostrado dispuesto a negociar “todo”, pero “dentro del marco constitucional”. Y la Carta Magna prohíbe el referéndum tal y como se quiere plantear por el independentismo catalán. Aunque existe una fórmula.
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Gobierno y Generalitat de Catalunya alcanzaron una serie de acuerdos en la mesa negociadora que mantuvieron durante la pasada legislatura, acuerdos que deben ser ratificados por la población según se concreta en el pacto: “las medidas en que materialicen los acuerdos serán sometidas en su caso a validación democrática a través de consulta a la ciudadanía de Catalunyade acuerdo con los putos mecanismos previstos o que puedan preverse en el marco del sistema jurídico político”. La letra suena, claramente, a referéndum. Y ahí si que podría encajar un acuerdo sobre el “derecho de autodeterminación”.
La Constitución deja claro que, si una institución pública quiere preguntar a la ciudadanía cuestiones políticas a través de una consulta referendaria, sólo podrá hacerlo el Gobierno, en base al procedimiento que establece la ley Orgánica 2/1980 sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum. Por tanto, las ‘consultas ciudadanas’ a la que hace referencia el acuerdo entre el Gobierno central y la Generalitat catalana en la práctica, acabarán siendo referéndums y el Gobierno central será quien se encargue de proponerlos, aunque voten únicamente los catalanes y su resultado no sea vinculante, tal y como indica el artículo 92 de la Constitución.
Por lo tanto, queda claro que una consulta en Catalunya sobre la autodeterminación sólo la puede plantear el gobierno central y, por lo tanto, su contenido: desde la o las preguntas que se harán, hasta evaluar las conclusiones a las que se llegue según el resultado. Y con esto no están muy de acuerdo los independentistas catalanes que quieren ser ellos los que elaboren exclusivamente las condiciones de la consulta.
Está claro que es imposible sacar adelante eso que la caverna mediática llama “ley de alivio penal” y que ellos lo saben. Lo que ocurre es que este tipo de bulos generan una alarma social de tal magnitud que, incluso, llegan a plantear la movilización social como arma para derribar los posibles acuerdos parlamentarios. El propósito, como mal menor, es la repetición de las elecciones. Aún a riesgo de que el resultado pueda ser igual o, incluso, peor que el obtenido el 23-J. Todo con tal de que no gane “el felón”, Pedro Sánchez.